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En virtud de las disposiciones de la Ley Núm. 1 de 1 de enero
de 2003, se crea en el Departamento de Justicia el Registro
de Demandas Civiles del Estado Libre Asociado de Puerto
Rico.
Este registro incorpora,
de forma prospectiva, información de las reclamaciones
judiciales de naturaleza civil presentadas por y contra el
Gobierno y sus entidades gubernamentales, cuyas cuantías
excedan los cinco mil ($5,000) dólares. También incluye los
procedimientos extraordinarios de “injunction” o “mandamus”,
al igual que las demandas presentadas contra funcionarios
del Gobierno en su carácter personal que estén relacionadas
con el desempeño de sus funciones oficiales.
A tenor con el espíritu
de la Ley, el Registro provee un instrumento de búsqueda que
facilita la identificación de las reclamaciones por agencia,
departamento, corporación pública o municipio, así como
cualquier otro organismo de las Ramas Ejecutiva, Legislativa
y Judicial. De este modo se viabiliza el propósito
legislativo de contar con una herramienta adicional para que
el ciudadano pueda evaluar las ejecutorias de las entidades
gubernamentales y sus funcionarios.
Confiamos que el Registro
de Demandas Civiles coloque al alcance de toda la ciudadanía
la información que permita una fiscalización más efectiva y
responsable del quehacer gubernamental.
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