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¿Existen algunas exclusiones para solicitar estos beneficios?
a. Cuando
la víctima ha provocado o consentido cualquier comportamiento que directa o
indirectamente haya contribuído a ocasionar el daño o la muerte(Eliminado en
la Ley Núm. 3 de 5 de enero de 2006)
b. Cuando el delito se comete mediante le uso de un vehículo de motor,
embarcación o nave aérea excepto, lo dispuesto en el inciso (d) del Artículo
7. ( Eliminado en la Ley Núm. 3 de 5 de enero de 2006)
c. (a) Cuando el delito se comete mientras la víctima se encuentra en una
institución penal o no ha extinguido la totalidad de una pena impuesta
d. (b) Cuando la víctima se encontraba incurriendo en conducta delictiva la
momento de los hechos.
e. (c) Eventos ocurridos antes del 1ro de julio de 1998.
f. (d) Si ha recibido compensación de otro programa.
g. (e) Cuando el causante se beneficie en su totalidad o en parte de la
compensación o los servicios que ofrece la Oficina.
h. (f) Cuando la víctima intente obtener beneficios mediante fraude, o
mediante el uso de información, documentos o representación falsas.
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