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Los Procuradores de Asuntos de Menores son
funcionarios nombrados por el Gobernador,
que atienden todos los asuntos relacionados
con los menores de 18 años que incurren en
faltas, a tono con lo que establece la Ley
de Menores de Puerto Rico. Tienen
facultades y atribuciones de un fiscal.
Pueden atender cualquier otro asunto que el
Secretario de Justicia determine para
cumplir con la política pública relacionada
con la delincuencia juvenil o con la
consecución de los objetivos de la Ley
Orgánica del Departamento de Justicia.
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