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            Los Procuradores de Asuntos de Menores son funcionarios  nombrados por el Gobernador, que atienden todos los asuntos relacionados con los menores de 18 años que incurren en faltas, a tono con lo que establece la Ley de Menores de Puerto Rico.  Tienen facultades y atribuciones de un fiscal.  Pueden atender cualquier otro asunto que el Secretario de Justicia determine para cumplir con la política pública relacionada con la delincuencia juvenil o con la consecución de los objetivos de la Ley Orgánica del Departamento de Justicia.
         

 
 
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