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DIVISION DE PROTECCION Y 
ASISTENCIA A VICTIMAS Y TESTIGOS
 

      La División de Protección y Asistencia a Víctimas y Testigos fue creada en virtud de la Ley 77 del 9 de julio de 1986. Se delegó en el Negociado de Investigaciones Especiales del Departamento de Justicia la responsabilidad absoluta de hacer cumplir esta Ley, para el beneficio del sistema de Justicia Criminal en Puerto Rico. 

      Esta ley se crea con el propósito de establecer las acciones y medidas protectoras que posibilitan combatir con efectividad la intimidación contra víctimas de delito, testigos potenciales, familiares y otros allegados de éstos,  que sufran el riesgo de ser atacados, a fin de evitarse su participación en el proceso judicial. Recae en el Departamento de Justicia la responsabilidad de implantar esta Ley. Su control administrativo de las Fiscalías de Distrito en el proceso investigativo y en el trámite judicial lo convierten en la agencia pública con mayores recursos y capacidad para la implantación eficaz de esta Ley. 

      Los referidos tendrán lugar cuando se sospeche que una víctima, testigo, testigo potencial, familiares o allegados de éstos corran el riesgo de amenaza, ataque u otra forma de intimidación por el sospechoso, el acusado, sus amigos o familiares. Se consideran fuentes de referimiento y de información las siguientes: agencias de ley y orden, agencias donde se conducen procesos administrativos y cuasijudiciales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y de los Estados Unidos, funcionarios de la Rama Judicial, Fiscalías de Distrito, División de Investigaciones y Procesamiento Criminal del Departamento de Justicia y el Negociado de Investigaciones Especiales. 

      Los servicios más relevantes que ofrece esta División son los siguientes: 

  • Albergue

  • Alimentación y artículos de primera necesidad

  • Servicios Médicos

  • Servicios de Trabajo Social

  • Servicios de Sicólogos

  • Transportación y escolta a los tribunales

  • Talleres de manualidades

  • Tutorías

  • Transportación aérea

  • Servicio de líder recreativo

  • Servicio de compra de ropa

  • Servicio de llamadas telefónicas

  • Servicio de lavandería

  • Servicio de reubicación y compra de mobiliario 

      La División de Protección y Asistencia a Víctimas y Testigos trabaja con un alto volumen de casos bajo el programa. No obstante, la labor se realiza enfatizando en ofrecer el mejor de los servicios a nuestra clientela. El teléfono a llamar es el 787-785-7676, Fax 787-269-4240. La correspondencia deberá ser dirigida al Apartado 8584, Bayamón, Puerto Rico 00960.

 

 
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