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Todas las investigaciones de quejas contra abogados, abogadas, notarios y notarias son confidenciales.  No obstante, si luego de evaluar el informe que presente el Procurador o Procuradora General con relación a una queja el Tribunal Supremo ordena a presentar la querella correspondiente, ese documento, la contestación y demás documentos que se incorporen subsiguientemente al expediente, podrán ser sujetos de inspección pública.

PROHIBICIÓN DE CONSULTAS

          La Oficina del Procurador o Procuradora General sólo tiene facultad para realizar investigaciones sobre la conducta profesional de los abogados, abogadas, notarios y notarias.  Ni el Procurador General ni abogado o abogada adscrito a la Oficina del Procurador o Procuradora General tiene facultad para emitir opiniones consultivas a solicitud de un abogado o abogada.

 



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