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Todas las investigaciones de quejas contra abogados, abogadas, notarios
y notarias son confidenciales. No obstante, si luego de evaluar el
informe que presente el Procurador o Procuradora General con relación a
una queja el Tribunal Supremo ordena a presentar la querella
correspondiente, ese documento, la contestación y demás documentos que
se incorporen subsiguientemente al expediente, podrán ser sujetos de
inspección pública.
PROHIBICIÓN
DE CONSULTAS
La Oficina del Procurador o Procuradora General sólo tiene facultad para
realizar investigaciones sobre la conducta profesional de los abogados,
abogadas, notarios y notarias. Ni el Procurador General ni abogado o
abogada adscrito a la Oficina del Procurador o Procuradora General tiene
facultad para emitir opiniones consultivas a solicitud de un abogado o
abogada.
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