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Las quejas presentadas por ciudadanos particulares directamente ante el
Tribunal Supremo de Puerto Rico deben estar juramentadas. Una vez
dicho Foro reciba la misma, se le solicitará al abogado querellado que
ofrezca su versión sobre las alegaciones realizada en su contra.
Una vez el abogado presente su posición, el Tribunal Supremo enviará el expediente a
la Oficina del Procurador General para su evaluación, recomendación, o
ampliación de la investigación de ser necesario. En su informe, el
Procurador General le informará al Tribunal Supremo sus hallazgos y conclusiones
y si amerita o no iniciar un procedimiento disciplinario en contra del
abogado querellado con la presentación de una querella formal. |