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Last Updated: 02-02-2021 19:12

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Esta Orden Administrativa se promulga cov.fo1’1llCa la Ley Núm. 205-2004, conocida como ”Ley Orgánica del Departamento de Justicia Ley Núm. 205”), según enmendada por el Plan de Reorganización Núm. 5-2011, conocido C01110 ~’Plan de Reorganización de Departamento de Justicia de 2011” ’Plan de Reorganización Núm. 5’} En específico, la presente Orden Administrativa se adopta en virtud del Artículo 3 de la Ley Núm. 205, el cual dispone que el Secretario de Justicia es el Jefe del Departamento de Justicia y como ta1~elpl’illcipal funcionario de ley y orden del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, encargado de promover el cumplimiento y ejecución de la ley, conforme disponen las Secciones 5 y 6 del Artículo IV de nuestra Constitución. Asimismo, esta Orden Administrativa se aprueba a tenor del Artículo 18(b) de la Ley Núm. 205; el cual faculta al Secretario de Justicia a adoptar reglas y reglamentos que estime necesarios para realizar los actos convenientes y necesarios para implantar los propósitos de la Ley y de las demás responsabilidades que le impone la misma. De igual f011lla, esta Orden Administrativa se aprueba a tenor del Artículo 35(c) de la Ley Núm. 205 mediante el cual se faculta al Secretario de Justicia a establecer, mediante reglamento, las normas, criterios y procedimientos que regirán la compra y suministros de equipo, materiales, artículos y servicios no profesionales.