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Last Updated: 05-02-2021 16:35

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Conforme a la Ley Núm. 217 – 2006, conocida como la “Ley para Requerir la Implantación de un Protocolo para Manejar Situaciones de Violencia Doméstica en Lugares de Trabajo o Empleo, todo patrono, público o privado, debe promover la política pública del Gobierno de Puerto Rico de cero tolerancia ante la violencia doméstica. Para cumplir este propósito, el patrono tiene que adoptar un protocolo para manejar estas situaciones en lugares de trabajo o empleo. Con miras a uniformar las medidas y el procedimiento a seguir cuando una empleada o empleado es víctima de dicha conducta, la Procuradora de las Mujeres promulgó el Manual para el Desarrollo de un Protocolo para la Prevención y el Manejo Adecuado de Situaciones de Violencia Doméstica en el Lugar de Trabajo. Así, la promulgación e implantación de un protocolo se realiza en reconocimiento y armonía con la política pública del Gobierno de Puerto Rico, conforme a la Ley Núm. 54 de 15 de agosto de 1989, según enmendada, conocida como la “Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica.”