Posición del Departamento de Justicia – Caso Trujillo Alto

 

(24 ENERO 2017) – La Secretaria de Justicia, Wanda Vázquez Garced, aclaró que el Departamento evaluará caso a caso todas las peticiones que se sometan basadas en la Ley de Análisis de ADN Post Sentencia (Ley 246), pero precisó que, hasta el momento, el caso que se ventila en el Tribunal de Primera Instancia de Carolina, en el que se solicita un nuevo juicio para Juan Carlos Meléndez Serrano y Antonio Ramos Cruz, tiende a establecer que no han presentado evidencia nueva que pueda revertir o variar el veredicto de culpabilidad del jurado que vio el juicio en 1992.

 

Meléndez Serrano y Ramos Cruz fueron encontrados culpables por el asesinato de Haydée Maymí, su hijo de cinco años y su hija de dos años en hechos ocurridos en Trujillo Alto en 1989.

 

Según la prueba presentada, ambos solicitaron un nuevo juicio en 2011 con un análisis de comparación de pelos con tres pelos púbicos encontrados en la ropa interior de Maymí que determinó que no eran de los convictos. La jueza Berthaida Seijo entendió que los resultados no eran suficientes para revocar la sentencia final y firme.

 

La prueba de ADN mitocondrial realizada en el 2016 estableció que los pelos no eran de Meléndez Serrano ni de Ramos Cruz, sino de la propia víctima o de un familiar de ella por la línea materna. Es con dicho resultado que están solicitando nuevamente otro proceso judicial.

 

Mas los testigos principales en este caso, que eran adolescentes al momento de los hechos, se sostienen en que vieron a los convictos en la residencia la noche de los hechos.

 

“En el presente caso, debemos decir que la prueba es totalmente distinguible a cualquier otro caso presentado. La evidencia que presentó el Ministerio Público sobre los hechos del 28 de junio de 1989 en los que fueron vilmente asesinados dos menores de cinco y dos años mientras dormían y que de igual manera asesinaron a su madre a puñaladas, fue tan contundente y sólida que llevó a un jurado a emitir un veredicto de culpabilidad unánime, 12 a 0. Los testimonios fueron corroborados por prueba independiente, pertinente y cuyo valor probatorio rebatió la presunción de inocencia de los imputados Juan Carlos Meléndez Serrano y Antonio Ramos Cruz”, manifestó Vázquez Garced.

 

“El Departamento de Justicia se reafirma en que examinará cualquier planteamiento bajo la Ley 246 del 2015, enmarcado en una prioridad de justicia, pero en este caso, luego de un riguroso análisis, no tenemos la menor duda de que no es un caso de los cobijados por esta Ley, ya que la alegada nueva prueba ni es pertinente a la inocencia o culpabilidad de los acusados ni de ninguna manera reflejaría un cambio en el resultado de la convicción a la que llegó el jurado. Por lo anterior, nos reafirmamos en la culpabilidad absoluta de los hoy convictos de cometer los aterradores hechos que estremecieron al pueblo de Puerto Rico hace 28 años”, agregó la Secretaria de Justicia.

 

La vista de solicitud de nuevo juicio continúa en marzo.