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Last Updated: 03-12-2025 10:28

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División de Integridad Pública y Oficna de Asuntos del Contralor

Esta Orden Administrativa se adopta en virtud de los poderes conferidos a la Secretaria de Justicia(”Secretaria”), recogidos en las Secciones 5 y 6 del Artículo IV de la Constitución de Puerto Rico, y en la Ley Orgánica del Departamento de Justicia (”Ley Núm. 205-2004”),la cual establece que
la Secretaria es la principal funcionaria de ley y orden con la facultad para disponer el funcionamiento, organización y procedimientos internos del Departamento de Justicia (”Departamento”). Así también, el Artículo 18 (b) de la Ley Núm. 205 faculta a la Secretaria para adoptar las reglas y reglamentos que estime necesarios para implementar los propósitos de la Ley y de las demás responsabilidades que le impone el estatuto.