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Last Updated: 27-01-2021 18:06

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Ha sido referida a nuestra atención una solicitud de opinión en la cual requiere que le indiquemos si aquellos integrantes de la Junta de Síndicos del Sistema de Retiro para Maestros del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, que a su vez son servidores públicos, tienen derecho a recibir ”dietas”, conforme a lo dispuesto en el Artículo 9 de la Ley Núm. 91 de 29 de marzo de 2004 (Ley Núm. 91).  Acompaña su solicitud de opinión con un memorando de derecho en el cual argumenta que se debe contestar en la afirmativa dicha interrogante.