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Last Updated: 27-01-2021 19:18
Tenemos ocasión de expresarnos en torno a su solicitud de opinión legal, presentada por conducto del Lcdo. Jan M. Maduro Rivera, mediante la cual nos requiere que determinemos en cuáles etapas del procedimiento criminal, antes y después de recaer sentencia, es necesaria la presencia física de un confinado y/o sumariado ante los tribunales. Según nos informa, como parte de las potenciales estrategias para reducir el consumo de energía en las agencias de la Rama Ejecutiva, la Autoridad de Asuntos Energéticos se encuentra trabajando un Plan de Medidas que presentará al Gobernador de Puerto Rico, entre las cuales se encuentra reducir los viajes que realiza la Administración de Corrección entre las cárceles y los tribunales. Particularmente, se contempla recomendar que los confinados y/o sumariados presencien sus vistas ante los tribunales mediante un sistema de videoconferencia. Es por ello su interés de conocer en qué etapas del procesamiento criminal se podría implementar el programa de…