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Last Updated: 27-01-2021 20:43
Atendemos su comunicación mediante la cual nos solicita que analicemos el Artículo 45 del Plan de Reorganización Núm. 1 de 26 de julio de 2010, conocido como ”Plan de Reorganización del Consejo de Educación de Puerto Rico” (”Plan de Reorganización”), en lo relativo a su vigencia o fecha de efectividad. Mediante el mencionado Plan de Reorganización se consolida el Consejo de Educación Superior de Puerto Rico (CESPR) con el Consejo General de Educación (CGE) y se crea una nueva agencia única denominada Consejo de Educación de Puerto Rico (CEPR).