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Last Updated: 29-01-2021 00:53
La Ley Núm. 184 de 3 de agosto de 2004, según enmendada, Ley para la Administración de los Recursos Humanos en el Servicio Público del Estado Libre Asociado de Puerto Rico reitera que el adiestramiento es un área esencial al principio de mérito. Además, instaura como concepto básico de administración que los organismos públicos, a fin de cumplir a cabalidad con su misión, deben desarrollar al máximo sus recursos humanos. Para dar cumplimiento a dichas disposiciones, la mencionada Ley establece que cada agencia será responsable de establecer anualmente un plan de desarrollo y capacitación para los empleados que esté basado en un estudio de necesidades y prioridades. programáticas. De igual forma, establece que cada agencia deberá mantener un historial por cada empleado de los adiestramientos recibidos, de· modo que pueda utilizarse para tomar decisiones relativas a ascensos, traslados, asignaciones de trabajo, evaluaciones y otras acciones de personal compatibles con el principio de mérito.