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Last Updated: 30-01-2021 01:08
La presente Orden Administrativa se promulga conforme a los poderes del Secretario de Justicia establecidos en las Secciones 5 y 6 de] Articulo IV de la Constituci6n de Puerto Rico; y en la Ley Núm. 205-2004, según enmendada, conocida como ”Ley Orgánica del Departamento de Justicia”, 3 L.P.R.A. §§ 291 et seq., particularmente en virtud del Artículo 18(a) de la Ley Núm. 205, 3 L.P.R.A. §§ 292o(a), el cual reitera la prerrogativas del Secretario como jefe del Departamento de Justicia y su poder para planificar, dirigir y supervisar el funcionamiento del Departamento y sus programas y el poder para adoptar reglas y reglamentos. Asimismo, esta Orden Administrativa se adopta conforme al Artículo 34 de la Ley Núm. 205, 3 L.P.R.A. § 293m, que faculta al secretario a establecer la organizaci6n y estructura interna del Departamento para el mejor cumplimiento de las funciones que le impone Ia ley, ello con sujeci6n a las normas y guías que apliquen sobre la organizaci6n de la Rama Ejecutiva.