Juez autoriza menor de 17 años víctima de maltrato y restricción a la libertad por parte de su familia preste testimonio bajo Sistema de Circuito Cerrado
(12 de marzo de 2026; Bayamón, Puerto Rico) – En una resolución de 15 páginas, el juez superior David G. Calderón Cordero, del Tribunal de Primera Instancia de Bayamón, declaró ha lugar la solicitud del Ministerio Público y autorizó que la joven de 17 años víctima de maltrato y restricción de libertad por su familia de 5 integrantes, preste su testimonio mediante Sistema Televisivo de Circuito Cerrado, informó la secretaria de Justicia, Lourdes L. Gómez Torres.
En su determinación, el juez Calderón Cordero estableció que este “caso reúne los requisitos establecidos por nuestro ordenamiento jurídico para que la menor preste su testimonio mediante Sistema Televisivo de Circuito Cerrado. En particular, concluimos que los indicadores psicológicos que resultaron de las pruebas impartidas por la Dra. Judith Mercado Colón ponen a la menor en un estado de vulnerabilidad emocional general que sería probablemente exacerbado por testificar en presencia física de las imputadas. En consecuencia, determinamos que el uso del Sistema Televisivo de Circuito Cerrado no solo aportaría a proteger el bienestar y la salud física de la menor, sino a promover que pueda comunicarse efectivamente”.
Asimismo, estableció que, “este Tribunal no encuentra los argumentos presentados por la defensa persuasivos a la luz de la prueba presentada durante la vista de necesidad. Si bien la defensa argumenta que los sentimientos de miedo o nerviosismo manifestados por la menor no constituyen prueba suficiente para establecer la probabilidad de que sufra un disturbio emocional serio, del testimonio pericial de la Dra. Mercado Colón surge que” la menor presenta una sintomatología que la coloca en un estado de vulnerabilidad emocional que trasciende el mero nerviosismo asociado a la comparecencia en un tribunal.
En su determinación el juez destacó que, en consecuencia, a la luz de la totalidad de la prueba presentada con el testimonio y el informe de la Dra. Mercado Colón y lo observado y contestado por la menor en el interrogatorio, “el Tribunal entiende que existe la probabilidad de que la menor sufra un disturbio emocional serio que le impida comunicarse efectivamente de tener que testificar frente a las imputadas que se está viendo en conjunto con el imputado en este caso”.
Ante la resolución, el fiscal del distrito de Bayamón, Gabriel Redondo, expresó que, “esta determinación representa un paso importante para garantizar que la víctima pueda ser escuchada por el Tribunal en condiciones que protejan su bienestar emocional. Para el Ministerio Público, salvaguardar la integridad de las víctimas mientras procuramos que se haga justicia es un principio esencial de nuestro sistema”.
El Departamento de Justicia, a través de la Fiscalía de Bayamón, presentó el 30 de enero de 2026, cargos contra cinco integrantes de una familia por el delito de maltrato de menores y restricción de libertad por hechos cometidos contra la joven en la Urbanización Las Colinas en el pueblo de Toa Baja.
El Ministerio Público presentó un total de 15 cargos contra los integrantes de la familia ante el juez Rafael Parés Quiñones, del Tribunal de Bayamón, quien encontró causa para arresto en los delitos imputados bajo la Ley Número 57 para la Prevención del Maltrato, Preservación de la Unidad Familiar y para la Seguridad, Bienestar y Protección de los Menores y por el delito de Restricción de Libertad del Código Penal.
Entre los imputados están el padre biológico de la víctima, Luis E. Meléndez Pagán, de 50 años; la madrastra Suhely Rivera Guzmán, de 49 años; y las hermanastras de la víctima, identificadas como Richeily M. Carmona Rivera, de 30 años, Sheilyann Carmona Rivera, de 27 años, y Roselyn Carmona Rivera, de 24 años.
Click –> Resolución
###